FSC-CCOO Navarra | 6 mayo 2024.

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La Seguridad Social responde a las cuestiones planteadas por CCOO sobre la jubilación de la Policía Foral

    Tras varios escritos y reuniones mantenidas con la Subdireción General de Ordenación y Asistencia Jurídica del Insituto Nacional de la Seguridad Social, se acaban de publicar los nuevos criterios que se aplican a la Policía Foral, y que vienen a clarificar algunas dudas que había al respecto.

    23/12/2022.
    Adelanto de la edad de jubilación para las Policías Autonómicas

    Adelanto de la edad de jubilación para las Policías Autonómicas

    CCOO, como primer sindicato de las Administraciones Públicas de España, y el primero también en la Mesa General de la Administración de la Comunidad Foral representando a la Policía Foral, ha conseguido que la Seguridad Social publique unos criterios de gestión específicos para el cuerpo policial. 

    A grandes rasgos (el texto completo se adjunta a esta noticia):

    • Cuentan como trabajo efectivo los periodos en situación de incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y permisos retribuidos. 
      1. Las que tengan por motivo la incapacidad temporal por enfermedad común o profesional, o accidente, sea o no de trabajo.
      2. Las que tengan por motivo la suspensión de la prestación de servicios por nacimiento y cuidado de menor, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
      3. Los permisos y licencias retribuidos, disfrutados en virtud de las correspondientes disposiciones normativas o convencionales.
    • A partir de que el o la policía en situación de incapacidad temporal alcanza los 18 meses, no puede considerarse trabajo efectivo a efectos de coeficiente reductor.
    • Periodos de excedencia no cuentan como efectivamente trabajados.
    • Periodos de formación y prácticas no cuentan como efectivamente trabajados, pero sí como cotizados en los casos en los que se haya estado de alta en Seguridad Social el tiempo de permanencia en la Escuela de Seguridad de Navarra.
    • Periodo en que se tiene reconocida una incapacidad permanente total (IPT) y se presta servicio en puesto con funciones de apoyo, tampoco cuenta.
    • Periodos de actividad en otros colectivos también bonificados (bomberos, policía local, ...), cuentan cuando se cumplan los requisitos de acceso a sus bonificaciones.

    Todos estos criterios (si quieres saber más, haz click) ya estaban reconocidos para otros colectivos. Con esta publicación, específicamente se reconocen también para la Policía Foral.

    Documentación asociada
    Documentación asociada