FSC-CCOO Navarra | 19 abril 2024.

FSC CCOO Navarra

Cualificación profesional de monitoras y monitores deportivos

    Desde CCOO siempre nos ha preocupado que ningún/a profesional se quede fuera de este proceso y pueda seguir ejerciendo su profesión. Hemos comenzado una campaña de información en multitud de instalaciones deportivas. Si quieres que nos pasemos por tu centro, contactanos sin problema. 

    23/02/2022.
    Instalaciones deportivas

    Instalaciones deportivas

    Como sabéis la Ley 18/2019, de acceso y ejercicio de las profesiones del deporte de Navarra, regula la cualificación necesaria para poder ejercer la profesión de monitor/a.

     

    La mayor parte de estas cualificaciones son grados (ámbito universitario) medios o superiores, pero también contempla actividades a las que acceder a través de un certificado de profesionalidad, de nivel 2 ó 3, que se puede adquirir por la vía de la experiencia.

     

    Desde CCOO siempre nos ha preocupado que ningún/a profesional se quede fuera de este proceso y pueda seguir ejerciendo su profesión. En este sentido, hemos tenido varias reuniones con todas las partes implicadas para que no se pasen los plazos, y para que se tengan en cuenta las características especiales del colectivo de monitoras y monitores en este proceso de acreditación profesional por la vía de la experiencia: contratos a tiempo parcial, de pocas horas, la mayoría con contratos fijos-discontinuos, con polivalencia en lo que respecta a distintas disciplinas deportivas y otras categorías profesionales…

     

    La Ley del deporte en Navarra, establecía la exigencia de obtención de la cualificación profesional para poder seguir ejerciendo como socorrista con anterioridad al 31 de diciembre de 2020. Pero la situación de pandemia, como ya solicitamos, ha derivado en una prórroga de 3 años para obtener dicha formación. Es decir, prevemos que no será exigible hasta 2024-25, y cuya oferta está tramitando el Departamento de Salud de Gobierno de Navarra.

     

    Asimismo, prevemos que la cualificación profesional que habilita para el ejercicio de la profesión deportiva no será exigible hasta como mínimo el segundo semestre de 2022, de tal manera que para seguir ejerciendo a partir de esa fecha, lo recomendable es que cada profesional presente su declaración responsable con anterioridad a dicha fecha, si bien estará obligado/a a participar en el proceso de acreditación profesional por la vía de la experiencia, aunque estamos luchando para conseguir otro tipo de habilitaciones más sencillas. 

     

    En este sentido, se ha modificado la normativa estatal que regula los procesos de acreditación profesional por las vías no formales, de manera que se va abrir un procedimiento de forma permanente, para dar respuesta a todas las demandas de cualificación que lleguen a través del modelo de solicitud, a partir del cual iniciarán la información, orientación e inscripción en el procedimiento.

     

    Por lo que os animamos a participar en el procedimiento y os ofrecemos asesoramiento para resolver vuestras dudas y ayudaros a tramitar la solicitud. Envíanos un correo indicando tu nombre y tfno. de contacto a ruben.ramallo@fsc.ccoo.es y te llamaremos.